Capitulo XII Del retiro de los afiliados.

 

CAPITULO XlI

DEL RETIRO DE LOS AFILIADOS

 

ARTÍCULO 47º: El afiliado que quiera retirarse del Sindicato deberá dar aviso a la Junta Directiva, siempre y cuando esté a paz y salvo con la Tesorería del Sindicato.